Perfeccionamiento
Reglamento para el Perfeccionamiento Académico, D.U. N°. 057/23.01.2004:
“La Universidad del Bío-Bío posibilitará que sus académicos (as), puedan participar en actividades de perfeccionamiento, financiados por la Institución, ya sea en programas de post-grado, post-título o algún otro tipo de perfeccionamiento que esté relacionado con las funciones y metas enmarcadas dentro de las políticas de desarrollo de la Universidad, adecuándose a las disponibilidades de recursos que la Institución, por medio de la Vicerrectoría Académica, o eventualmente de las respectivas Facultades, destine anualmente a dicho fin”.
Otras actividades de nivel general de capacitación tanto del Personal Académico como el estamento del Administrativo, se encuentran coordinadas por el Comité Bipartito de Capacitación (CBC); y se realizan con recursos contemplados en la Ley que rige al Servicio Nacional de Capacitación y Empleo, SENCE.