Este es el calendario de fechas de pago para las remuneraciones del personal de planta y contrata de la Universidad del Bío-Bío durante el año 2024.
Modelo de Renta
Parámetros que contempla el Modelo de Rentas:
- Jerarquía Académica: Es la posición jerárquica que adquiere un docente en la UBB, por medio de la evaluación y promoción, según el Estatuto del Académico.
- Antigüedad Universitaria: Se adquiere por el ejercicio académico anual (CRUCH).
- Postgrado Académico: Reconocimiento e incentivo a obtener un Magíster y/o Doctorado.
- Administración Universitaria: Trabajo de gestión y administración académica y administrativa, que desempeñe un académico según estructura UBB.
- Por Productividad: La productividad se evaluará según las funciones y exigencias inherentes a la jerarquía del académico. Este índice mide el aporte real al progreso y desarrollo del conocimiento.
- Asignación Personal: Académicos/Profesionales que cuenten con vasta experiencia y desarrollo profesional, por tanto, se usa para atraer y retener personas con talento.
Modelo de Renta
- Jerarquía:
- Profesor Sin Jerarquía = 50 Puntos.
- Asistente B = 60 Puntos;
- Asistente A = 70 Puntos;
- Asociado = 103;
- Asociado, con Grado Académico de Doctor = 115 Puntos;
- Titular = 125 Puntos;
- Titular, con Grado Académico de Doctor = 130 Puntos.
- Postgrados Obtenidos:
- Grado Académico de Magíster/Master = 18 Puntos;
- Grado Académico de Doctor = 30 Puntos.
- Puntos Personales:
- “Retención” hasta 15 Puntos;
- “Atracción” hasta 15 Puntos.
- Responsabilidad Administrativa
- Decano = 33 Puntos
- Secretario de Facultad = 20 Puntos
- Director de Departamento = 15 Puntos
- Director de Escuela = 15 Puntos
- Jefe de Carrera = 5 Puntos
- Antigüedad
- Antigüedad = 0,5 puntos por Año Académico Servido, en Universidades del Consejo de Rectores. (Máx. 15 puntos “30 años”)
Leyes de Desvinculación
LEY N°21.043: Otorga una bonificación adicional por retiro al personal académico, directivo y profesional no académico de las universidades del estado y faculta a las mismas a conceder otros beneficios transitorios.
LEY N°20.996: Otorga bonificación adicional por retiro al personal no académico ni profesional de las universidades del estado y faculta a estas para conceder otros beneficios transitorios.
LEY N°21.647: Otorga reajuste general de remuneraciones a las y los trabajadores del sector público, concede aguinaldos que señala, concede otros beneficios que indica y modifica diversos cuerpos legales (artículo 53)
LEY N° 20.374, Artículo 9°: Beneficio compensatorio.